Muchas son las personas que acuden a Abogados Sierra de Madrid preguntándonos por un posible divorcio por infidelidad de cualquier miembro de la pareja.
Entre las dudas más comunes figuran la de si la infidelidad es por sí sola causa de divorcio, cuáles son las consecuencias legales del adulterio, o incluso si se podría llegar a recibir una indemnización por infidelidad.
Pues bien, en este artículo nuestros abogados matrimonialistas responden detalladamente a todas esas dudas legales que despierta el divorcio por infidelidad de uno de los cónyuges.
Siga leyendo para tener claros todos los conceptos legales que intervienen en una separación por adulterio…
1-El motivo es indiferente.
La Ley del Divorcio no exige “culpables” o “víctimas”. Tampoco requiere del mutuo acuerdo de ambos miembros de la pareja para que el matrimonio se disuelva.
Si su pareja quiere divorciarse, usted acabará divorciado, con o sin su consentimiento.
Por tanto, y a tenor de lo anterior, da igual desde el punto de vista legal que su pareja le haya sido o no infiel. No afecta al proceso de divorcio.
2-La infidelidad no es un delito.
Por tanto, tampoco puede demandar por infidelidad a su todavía cónyuge. Si así lo desea, puede hacer constar en su demanda de divorcio que el motivo que usted esgrime es el adulterio de su pareja, pero al juez esta circunstancia le será totalmente indiferente y no determinará la sentencia.
¿El divorcio por infidelidad conlleva alguna ventaja? No. Usted podría llegar a percibir una pensión compensatoria, pero no a causa de la infidelidad matrimonial
3-¿Cuáles son las consecuencias de una infidelidad en el matrimonio?
Legalmente, (en España) ninguna. No tendrá derecho por ello a una pensión compensatoria, ni a mayor pensión de alimentos para sus hijos, ni a cualquier otro beneficio monetario adicional. Por supuesto, podría llegar a ser beneficiario de estas pensiones, pero no a causa de la infidelidad.
4-¿Puedo demandar a mi cónyuge por abandono del hogar?
No. Su cónyuge tiene todo el derecho a abandonar la casa común (conyugal) y a vivir en otro lugar, aunque tengan hijos menores.
Otra cosa diferente es que, al abandonar el hogar familiar, su cónyuge incurra en un abandono de la familia, lo que sería delito. Pero para probarlo sería imprescindible acreditar que las personas abandonadas quedan en situación de desamparo y desprotección. Esto es, que el cónyuge abandonado y/o sus hijos, necesitados de especial atención y protección por ciertas circunstancias, han quedado totalmente desatendidos por el miembro de la pareja que ha abandonado el hogar.
La Ley del Divorcio en España no contempla ninguna clase de «compensación» en el divorcio por infidelidad
5-¿Tendré derecho a indemnización por infidelidad de mi cónyuge?
No. Tampoco afectará este hecho a la liquidación de gananciales o al convenio regulador ni a cualquier otro aspecto de su sentencia de divorcio.
6-¿Se puede perder la custodia de un hijo por adulterio?
No. Este hecho no influye en absoluto. El juez decidirá si otorga la custodia a uno de los progenitores o bien la custodia compartida en función de otros muchos factores.
Primera Consulta Online Gratuita
Si tiene dudas acerca del proceso de divorcio por infidelidad y como puede afectarle -a usted o a sus hijos- no dude en contactar con nosotros. Nuestra primera consulta online es gratuita.
Ni usted ni su cónyuge necesitan alegar ningún motivo para el divorcio
La infidelidad no es «motivo» de divorcio, sencillamente, porque la Ley de Divorcio no exige causas.
A efectos legales, es tan sólo una circunstancia personal que no influye en el proceso de divorcio ni, por tanto, en la sentencia.
el adulterio no incide en la pensión compensatoria
La Ley del Divorcio española no contempla ningún tipo de «compensación» para el cónyuge que no ha cometido infidelidad.
tampoco en la custodia de los hijos...
El hecho de que su cónyuge le haya sido infiel no influirá en el ánimo del juez a la hora de establecer a quién corresponde la custodia de los menores.
Esto último se decidirá en función de otros factores.
el abandono de hogar no es un delito...
Legalmente, no es más que la circunstancia de que uno de los cónyuges ya no vive en el domicilio familiar.
Es decir, no tiene relevancia.
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