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¿Contrató una hipoteca referenciada al IRPH? ¿Está pensando en reclamar? Inauguramos con esta entrada en nuestro blog el Foro IRPH, un espacio donde informaremos a nuestros clientes de este tipo de hipotecas y sus posibilidades de reclamación ante los tribunales.

Inauguramos con esta entrada de nuestro blog el Foro IRPH, un espacio donde iremos informando a nuestros clientes acerca de este tipo de hipotecas y sus posibilidades de reclamación ante los tribunales. 

1-¿Qué es el IRPH y qué significa? 

Es un índice de interés oficial por el que se regían algunas hipotecas para adquisición de vivienda libre concedidas por bancos, cajas de ahorro y sociedades de crédito hipotecario. IRPH significa Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios.

2-¿Cómo se calculaba? 

Se tomaba la media simple de los tipos de interés medios ponderados de los principales préstamos hipotecarios concedidos por bancos, cajas o entidades a más de tres años que se iniciaban en el mes en el que el hipotecado solicitaba su hipoteca.

3-¿Cuál era la base de este cálculo?

Se tomaba como base el TAE, que incluía comisiones y gastos. Por ello, los tipos de interés declarados por los bancos –y con los que se calculaba la media- eran más altos que el otro índice ya existente por entonces, el Euríbor.

4-¿Qué bancos ofrecían más IRPH y, en consecuencia, mantienen más hipotecas de este tipo?

CaixaBank, Banco Santander, BBVA y Bankia.

«Algunos clientes contrataron la hipoteca IRPH porque se la ofrecía su banco «de toda la vida», con la que tenían una relación de confianza. Algunas entidades bancarias sólo ofrecían este tipo de producto a determinados clientes; no les mostraban las alternativas ni las desventajas de las IRPH»  

5-¿Por qué era más caro el IRPH que el Euríbor y, en consecuencia, perjudicaba a los consumidores que lo contrataban?

Porque para calcular la media se incluían: el diferencial que aplicaba el Euríbor, la ponderación de las hipotecas fijas (que siempre tienen tipos de interés más elevados que las variables), los gastos, y las comisiones que aplicaban los bancos.

6-¿Se aplicaba diferencial además del IRPH?

No era muy frecuente. Como el propio índice IRPH era muy elevado, los diferenciales aplicados solían ser muy inferiores a los de las hipotecas Euríbor. Normalmente solían ser de un 0% o de un 0,5%.

7-¿Cuánto más caro era el índice IRPH respecto al índice Euríbor?

Depende del año y de las oscilaciones de ambos. La comparación, además, debería hacerse entre:

IRPH + diferencial aplicado (en cada contrato)

Euríbor + diferencial medio

Los expertos calculan que las diferencias entre ambos índices han oscilado entre los 2,4 y los 0,43 puntos.

8-¿Por qué los clientes optaban por el IRPH y no por el Euríbor?

Porque había bancos que sólo ofertaban productos hipotecarios IRPH a determinados clientes. El argumento era que el IRPH era menos volátil (variable) que el Euríbor y les protegía contra las subidas. Muchos consumidores confiaban en su banco habitual, donde tenían su cartilla o cuenta corriente y productos de ahorro.

Además, los bancos no ofrecían una información completa y detallada de cómo funcionaba el IRPH ni cómo se calculaba; muy al contrario, lo “vestían” como el producto más seguro y ventajoso de todos los que comercializaban, y nunca transmitieron sus  inconvenientes y riesgos.

Por otro lado, algunos clientes no contaban con los suficientes conocimientos financieros y/o bancarios como para poder indagar y comprender por sí mismos la mecánica del IRPH.

9-¿Quién creó el IRPH?

Fue diseñado por las autoridades financieras del país, el Banco de España y la Dirección General del Tesoro. Se regula por la Circular 5/1994 de modificación de la Circular 8/90. Era, por tanto, un tipo oficial.

10-¿A cuántas hipotecas afecta actualmente el IRPH?

Se calcula que el 10% de las hipotecas en España están referenciadas por este índice. Es decir, alrededor de un millón de clientes. Todos ellos podrían tener derecho a reclamar.

11-¿Por qué ahora vuelve a estar de actualidad el IRPH?

En 2017, y a instancias de una clienta de la antigua Caja Madrid –ahora, Bankia- la Audiencia Provincial de Madrid declaró nulo el IRPH, lo que abrió un esperanzador camino. Ya eran muchos los que entonces consideraban abusivo este índice, pero esta sentencia significó un gran espaldarazo para los consumidores.

Sin embargo, meses más tarde, al recurrir Bankia este fallo, el Tribunal Supremo avaló el IRPH, si bien con el voto en contra de uno de sus magistrados. El asunto pasó a manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).

En septiembre de 2019 el Abogado General del tribunal europeo declaró que “la vinculación al índice IRPH [de las hipotecas afectadas] es una cláusula abusiva, compleja y poco transparente para ser entendida por un consumidor medio”, en el mismo sentido que el voto particular del magistrado del T.S.

12-¿Por qué esta declaración es importante, si no se trata de una sentencia firme del Tribunal Europeo?

Efectivamente, este informe del Abogado General no es vinculante para el Tribunal, pero la experiencia nos dice que sus sentencias suelen seguir el mismo camino. Es previsible, por tanto, que en el primer trimestre de 2020 -cuando se prevé que se emita la sentencia- el Tribunal de Justicia Europeo dé la razón a los clientes de hipotecas IRPH.

13-¿Habría, entonces, que acudir al Tribunal Europeo para reclamar una hipoteca IRPH?

No. Cada hipotecado IRPH debería acudir a la justicia española. Los jueces españoles han seguido tradicionalmente tanto las recomendaciones de los abogados generales europeos como las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo. Si este tribunal superior falla a favor de los afectados por IRPH, habría muchas posibilidades de ganar las distintas sentencias en los juzgados españoles.

14-¿Y si reclamo y gano, qué obtendría?

Los letrados expertos en Derecho Bancario de Abogados Sierra de Madrid no pueden garantizar, a día de hoy –meses antes de que se conozca la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia Europeo- las posibles consecuencias legales. En foros jurídicos se comenta que los tribunales podrían llegar a dictaminar la nulidad de todo lo que tiene que ver con el interés pagado, de tal forma que se tendría que devolver a los clientes todos los intereses pagados –una gran cuantía en la mayoría de los casos-.

También se comenta en círculos jurídicos muy solventes que los tribunales podrían dictaminar el cambio del IRPH por el Euríbor en las hipotecas vivas. Si esto llegara a producirse, y teniendo en cuenta que el diferencial en el IRPH era del 0% en su mayoría, los clientes pagarían el Euríbor + 0%, y el capital pendiente se vería reducido ostensiblemente, pues el banco debería calcular todo el préstamo en función de este índice de referencia.

Se da la circunstancia, mientras esto escribimos, de que el Euríbor está en negativo. En consecuencia, podría darse el caso de que los bancos tuvieran que pagar al cliente cada mes, hasta que cambiara de signo del Euríbor (en lugar del cliente al banco).

15-Tengo una hipoteca IRPH… ¿Reclamo ahora?

Nuestro bufete le aconseja concertar con nosotros una primera cita e informarse, pero no interponer una demanda hasta el primer trimestre de 2020, cuando ya conozcamos la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia Europeo.

En este tiempo de espera podríamos ir analizando su caso particular, calcular el beneficio económico y avanzar en la preparación de su demanda, a fin de presentarla cuanto antes y sortear la más que posible sobrecarga que tendrán los juzgados por casos de este tipo.

Primera Consulta Online Gratuita

Si tienes dudas acerca de tu hipoteca IRPH y cómo reclamar, no dudes en contactar con nosotros. Nuestra primera consulta online es gratuita.

EN RESUMEN... Se abre para los hipotecados IRPH un horizonte esperanzador

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que la referenciación de las hipotecas al índice IRPH es una cláusula «abusiva, compleja y poco transparente para ser entendida por un consumidor medio». 

Esta declaración da a entender que la sentencia definitiva del Tribunal Europeo -que previsiblemente se hará pública en el primer trimestre de 2020- dará la razón a los afectados por IRPH.

Si reclamo y gano, ¿qué obtendría?

Sin conocer la sentencia definitiva del Tribunal Europeo, es arriesgado asegurarlo, pero podría llegar a dictaminarse la nulidad de todos los intereses pagados, por lo que se le tendrían que devolver en su totalidad. 

También, los tribunales españoles, podrían dictaminar el cambio de IRPH por Euríbor en hipotecas vivas.

Si esto llegara a producirse, los hipotecados IRPH se verían claramente beneficiados (pagarían el Euríbor + 0% y además se les recalcularían sus préstamos en función del nuevo índice, reduciéndose el capital pendiente por haber pagado de más en el pasado). 

¿Qué puedo hacer ahora?

Póngase en contacto lo antes posible con nuestros abogados en Derecho Bancario. Ellos le asesorán acerca de sus posibilidades de reclamación y le calcularán el beneficio económico que podría obtener.

EL 10% DE LAS HIPOTECAS ESPAÑOLAS TIENEN POR REFERENCIA ESTE ÍNDICE

Es decir, alrededor de un millón de clientes podrían tener derecho a reclamar.

A PESAR DE QUE ES EL TRIBUNAL EUROPEO DE JUSTICIA EUROPEO EL QUE PUEDE DICTAR SENTENCIA EN CONTRA DE LAS HIPOTECAS IRPH...

Los afectados que firmaron una hipoteca en España podrán reclamar en los tribunales españoles.

Si el Tribunal Europeo falla finalmente a favor de los hipotecados IRPH, tendrían muchas posibilidades de ganar las distintas sentencias en los juzgados españoles.

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