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¿De qué viviré tras el divorcio? ¿Podré mantenerme si nunca he trabajado? ¿Cómo haré frente a los gastos? 

La pensión compensatoria es una de las cuestiones legales que más dudas despiertan entre los clientes de Abogados Sierra de Madrid.

Muchos nos siguen preguntando con frecuencia acerca de una prestación que fue muy común en los primeros años del divorcio en España. Entonces era habitual que el cónyuge que había soportado hasta la separación la carga económica del hogar abonara indefinidamente un importe determinado a su expareja.

Sin embargo, los tiempos y modelos de familia han cambiado y, en consecuencia, las condiciones en las que hoy día se concede la pensión compensatoria.

Actualmente es habitual que ambos cónyuges trabajen y puedan mantenerse por sí solos tras el divorcio, contribuyendo ambos al mantenimiento de los hijos.

Pero si uno de ellos no tiene empleo –y cuenta con salud aceptable y una formación mínima- los jueces suelen considerar que debe encontrar trabajo a raíz de la ruptura, por lo que se descarta una pensión compensatoria.

Aun así, es cierto que todavía –y en circunstancias especiales que un buen abogado matrimonialista debería identificar y defender en el proceso- se siguen concediendo pensiones compensatorias.

¿En qué circunstancias se concede?

Aclaramos 10 grandes dudas sobre la pensión compensatoria

1-¿Qué es una pensión compensatoria y qué tipos existen?

Es una prestación económica que un excónyuge abona al otro debido a que un juez aprecia que éste sufrirá a raíz del divorcio o separación un desequilibrio económico serio.

Es importante señalar que siempre debe ser uno de los dos el que sufra este desequilibrio, y no ambos.

Para que el juez considere que la situación es de efectivo desequilibrio económico el demandante de la prestación ha de probar una serie de circunstancias.

Los tipos más comunes de pensión compensatoria son temporales, por tiempo indefinido o de cuantía única.

 

2-¿Tengo derecho a pensión compensatoria pese a tener separación de bienes?

Sí, habría derecho –siempre y cuando las circunstancias del caso lo permitieran- a pensión compensatoria vía artículo 1438.

Un error común es pensar que el derecho a pensión compensatoria es exclusivo del régimen de bienes gananciales. Pero esto no es siempre así.

El juez podría estimar que un cónyuge (que no ha trabajado), y al haber regido en su matrimonio la separación de bienes, no quedaría beneficiado de la liquidación de un patrimonio común. Por tanto, podría dictaminar una pensión compensatoria para evitar que éste quedara sin medios de vida. No obstante, y como decimos anteriormente, tendrían además que concurrir otras circunstancias que fundamentaran esta decisión.

 

3-¿Influye mi edad para que me concedan una pensión compensatoria?

Sí, porque, a mayor edad, menores posibilidades tendrá usted de encontrar un empleo y más tiempo –generalmente- llevará descolgado del mercado laboral.

 

4-¿Y el estado de salud?

Sí. Un mal estado de salud, sobre todo si se trata de una enfermedad crónica y/o que tenderá a agravarse con los años, es una circunstancia que el juez tendrá muy en cuenta.

 

5-¿Un hombre puede tener derecho a pensión compensatoria?

Sí, siempre y cuando demuestre haberse dedicado por completo a la familia durante gran parte o toda su vida laboral, tenga una edad avanzada o un delicado estado de salud. Es decir, las circunstancias que hemos explicado más arriba.

 

6-¿Influye el lugar donde vivo?

No es lo habitual, pero podría ocurrir que sí. Este sería el caso de un cónyuge que ha seguido al otro por motivos de trabajo a lugares remotos donde casi no existen posibilidades de trabajo. Por ejemplo, la mujer o el marido de un científico que investiga en una zona muy deshabitada, o el cónyuge que ha mudado a una base aislada del ejército debido al ascenso de su ex pareja militar.

 

7-¿Por cuánto tiempo se me concederá?

No es muy común que las pensiones compensatorias se establezcan con carácter indefinido. Hoy día lo habitual son unos pocos años. Sin embargo, y como decíamos anteriormente, podría haber posibilidad de obtener una pensión contributiva por tiempo indefinido o de cuantía única siempre y cuando se den las circunstancias adecuadas.

 

8-¿Cuánto percibiré?

Es imposible establecer una cifra general. Depende siempre de cada caso: de los ingresos del cónyuge que trabaja y de la cantidad que el juez estime que el otro miembro de la pareja necesita para vivir.

 

9-¿Dependerá de la duración de mi matrimonio?

Sí, esa es otra circunstancia que se tiene en consideración. A mayor duración, mayor probabilidad de obtener una pensión compensatoria.

No quiere decir con esto que la ley premie a los ex cónyuges de matrimonios largos, sino que existen mayores posibilidades de que el cónyuge que no ha trabaja sea más mayor. Además, es más probable que haya dedicado la mayoría de su vida laboral a las obligaciones familiares en un matrimonio de larga duración que en uno corto, como es lógico.

 

10-He trabajado algunos años durante mi matrimonio, ¿tengo derecho a una pensión compensatoria?

Pues depende, y sentimos ofrecer de nuevo una respuesta abierta. Pero es que en este caso habría que analizar las circunstancias y el contexto. Si se trabajó en los años iniciales, centrales o finales del matrimonio, si había algún impedimento para no trabajar, si esa situación fue pactada entre ambos o existió oposición de una parte…

 

11- Un (último) plus…

Aunque habíamos prometido ofrecerle las 10 respuestas a las dudas más frecuentes sobre la pensión compensatoria, nos permitimos ofrecerle este plus.

Recuerde que al fallecer su ex cónyuge no sólo dejará de percibir la pensión compensatoria, sino que no tendrá derecho a pensión de viudedad. 

 

En definitiva, no es fácil hoy día obtener una pensión compensatoria en los tribunales, pero siempre y cuando se den las circunstancias adecuadas tampoco es, ni mucho menos, imposible.

Ahora bien, contar con un buen abogado matrimonialista con amplia experiencia en este tipo de procesos es un factor imprescindible para lograrlo. 

¿Necesita un abogado matrimonialista?

 

 

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